lunes, 15 de septiembre de 2008

Instituciones de inversión colectiva

Otro concepto enmarañado: esto qué es?

Leo en Caja Inmaculada:

Las instituciones de inversión colectiva (IIC) son instrumentos financieros que ponen al alcance del pequeño y mediano inversor prácticamente la totalidad de los mercados de valores mobiliarios nacionales e internacionales. Aun asumiendo diferentes formas jurídicas con distintos funcionamientos, su idea se resume en que equipos de expertos profesionales gestionan, a través de las aportaciones realizadas por los partícipes o accionistas, el patrimonio resultante conforme a la filosofía definida previamente para la institución con el fin de trasladar a aquellos los resultados de la gestión.
Los dos grandes grupos en los que la ley divide a las instituciones de inversión colectiva (IIC) se diferencian básicamente en que:

las sociedades (SIM, SIMCAV y SII) tienen personalidad jurídica propia, con la existencia de un consejo de administración que se responsabiliza de su gestióm.

mientras que los fondos, en cualquiera de sus formas, no tienen personalidad jurídica propia, precisando para su constitución de la existencia de una sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva (ICC) y de una entidad depositaria que serán las que desarrollarán las funciones necesarias de gestión, administración, representación y control.

Consecuentemente, las SIM, SIMCAV y SII tienen su capital dividido en acciones, mientras que la unidad de propiedad de un fondo es la participación.


Su normativa (habrá que verla):
Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.

Y la web de la federación de este tema

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